Asilo afirmativo
Solicitud ante el USCIS para quien no está en proceso de deportación.
Orientación para personas que temen regresar a su país por persecución, con atención confidencial y en español.
Complete el formulario y le contactaremos lo antes posible.
Solicitud ante el USCIS para quien no está en proceso de deportación.
Solicitud presentada ante la corte de inmigración (EOIR).
Organización de la declaración personal, documentos y pruebas del caso.
Orientación sobre cuándo es posible pedir permiso de trabajo con el asilo pendiente.
Por el formulario, WhatsApp o teléfono.
Nuestro equipo recopila la información inicial de su caso.
Evaluamos las opciones disponibles para su situación específica.
Explicamos cada etapa y le acompañamos durante el proceso.
Un equipo de 18 profesionales, con atención en español, inglés y portugués, dedicado exclusivamente al derecho migratorio.
Por regla general, la solicitud debe presentarse dentro de 1 año desde la llegada a EE.UU. Existen excepciones limitadas que deben analizarse caso por caso.
Persecución o temor fundado de persecución por raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un grupo social determinado.
Después de un período con la solicitud pendiente, puede ser posible pedir permiso de trabajo. Las reglas y plazos pueden cambiar, por eso es importante una orientación actualizada.
Cuéntenos su situación y reciba orientación sobre los próximos pasos.